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El óvulo recién fecundado es un organismo individual Imprimir
Escrito por El Observador   
Domingo 16 de Agosto 2009

EN FAVOR DE LA VIDA

Image El óvulo recién fecundado es un organismo individual de especie humana

El pasado 9 de agosto las instituciones a favor de la vida que están teniendo una participación activa en las audiencias públicas que programó el Congreso del estado de Querétaro sostuvieron una rueda de prensa para fijar su postura en torno al controvertido tema del aborto y la reforma al artículo 2 de la Constitución local.

Evidencias de la biología contemporánea

El doctor Rodrigo Guerra, director del Centro de Investigación Social Avanzada (CISAV) sostuvo que «en la biología contemporánea se clasifican las especies biológicas fundamentalmente por el análisis genético, es decir biológico-molecular que se hace de cada especie».  Así, cuando vemos que el óvulo recién fecundado tiene una carga genética completa es posible identificar si pertenece auténticamente a la especie humana, y si pertenece como órgano o como organismo;  es decir, si es parte de la madre o si es un todo. 

Aseguró que «es imposible afirmar que el óvulo recién fecundado sea parte de la madre porque tiene un código genético y un sistema inmunológico distintos al de la madre; un proceso de desarrollo embrionario distinto al proceso de desarrollo orgánico de la madre; un comportamiento en la membrana celular totalmente distinto a las células que componen el cuerpo de la madre; y por eso podemos afirmar desde el punto de vista estrictamente biológico que es un autentico organismo individual de especie humana».

«Al hacer esta afirmación —dijo— no estamos involucrando ningún tipo de comprensión ética o religiosa, sino estrictamente apelamos a la biología cruda y  dura que nos ofrece la ciencia contemporánea.  El ovulo recién fecundado es un organismo individual de especie humana».

Razón de los derechos humanos del concebido

El director del CISAV sostuvo que «justamente cuando el biólogo termina de hacer sus investigaciones y llega a esta conclusión, el filósofo y el jurista pueden advertir que entonces es posible reconocer esta condición a nivel jurídico. Todo ser humano, por el mero hecho de ser humano, es decir, de pertenecer a la especie humana, tiene dignidad y merece respeto, dice el proemio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos […]

«Cuando apelamos a libros y tratados de biología o medicina anteriores al año 2000 puede haber dudas, y dudas legítimas, pero cuando un jurista mira las evidencias biológicas contemporáneas, las más recientes, no le puede caber duda de que estamos ante un organismo de especie humana que cabe precisamente dentro de la definición que nos provee la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que, por lo tanto, el embrión humano es un auténtico sujeto de derechos».
 
El doctor Guerra puntualizó que «la palabra persona no se acuñó en la civilización occidental ni en la tradición jurídica de occidente para definir cierto tipo de acción humana, cierto modo de hacer, sino se acuñó para definir un  modo de ser, que es el modo de ser humano que a través de la biología contemporánea podemos constatar en el óvulo recién fecundado». 

¿Proteger al embrión es desproteger a la mujer?

Rodrigo Guerra cuestionó: «Cuando se protege al embrión humano desde la fecundación, ¿no estamos implícitamente desprotegiendo a la mujer? Nos atrevemos a expresar una convicción muy importante: siempre que se protege a la vida humana desde la fecundación —y esto tiene una cadena de consecuencias sociales muy importante porque entonces nadie es excluido de la protección de los Derechos Humanos— también es necesario expresar en los códigos penales de manera explícita que una mujer que se enfrenta a una situación de embarazo no deseado jamás debe de ser penalizada con pena corporal». 

Por tanto, aseveró, «sería una grave falta de sensibilidad social y de comprensión ética de las exigencias de una mujer que se ve en una situación así de difícil. Los códigos penales más avanzados en México y el mundo sugieren que haya un acompañamiento médico - integral que ayude a la mujer a promover su dignidad, a promover sus derechos después de haber lastimado la dignidad de un bebé concebido en contra de su voluntad». Y señaló que «es necesario cuidar, jamás lastimar, los derechos fundamentales al momento de tener que sancionar a una persona por la comisión de un eventual crimen». Y dejó en claro que «jamás hay que excluir los derechos de la mujer al momento de defender los derechos del embrión humano recién concebido».

Bioética incluyente

Guerra abogó por «una bioética incluyente» para «hacer una sociedad más justa que no excluya a nadie, que evite la marginación tan lamentable y que responda a la lógica neo liberal que todos hoy padecemos». 

Seguidamente criticó las «posiciones sociales o políticas que expresan que la vida no debe ser reconocida desde el momento mismo de la fecundación»; y dijo que «estas posiciones en el fondo  lo que afirman es que hay algunos tipos de seres humanos biológicamente identificables que merecerían no entrar dentro de la protección integral que ofrecen los Derechos Humanos. Siempre que abrimos una excepción en la universalidad de los Derechos Humanos, por medio de esa excepción, por esa pequeña ventana de riesgo, luego se cuelan otras muchas excepciones». 

Y concluyó: «si no queremos construir una sociedad de exclusión, de marginación, de intolerancia para con las diferencias, es necesario proteger siempre la vida desde su punto inicial hasta su punto final, sin excepciones».

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