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MAR ADENTRO
Querétaro se suma así a un proceso legal junto con otros 14 estados de la República que ya han discutido y aprobado reformas similares a favor de la vida desde el momento de la concepción.
Por Francisco Sáenz Muñoz
«En el estado de Querétaro se reconoce la existencia de la vida desde el momento de la concepción» (Iniciativa de Ley que reforma el Artículo 2º. de la Constitución Política del Estado de Querétaro)
En este mes de agosto de 2009 dieron inicio las audiencias públicas para que los ciudadanos y organizaciones civiles de Querétaro presenten sus opiniones con relación a la iniciativa de ley que reforma el artículo 2º. de la Constitución local a favor de la vida, desde el momento de la concepción.
Querétaro se suma así a un proceso legal junto con otros 14 estados de la República que ya han discutido y aprobado reformas similares a favor de la vida desde el momento de la concepción y que, en orden cronológico, han sido Chihuahua, Baja California, Sonora, Morelos, Colima, Puebla, Jalisco, Durango, Nayarit, Quintana Roo, Campeche, Guanajuato, San Luis Potosí y Yucatán. Cabe destacar que dichas reformas aprobadas por los estados libres y soberanos están en consonancia con los tratados internacionales que México ha firmado desde hace varias décadas.
Los tratados internacionales a favor de la vida
México ha suscrito varios tratados internacionales en materia de derechos humanos y a continuación se señalan los más destacados con relación a la vida y la dignidad de la persona humana:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, establece en su artículo 1º. que «Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.»
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) de 1969, señala en su artículo 4º que: «Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente»
La Convención de los Derechos del Niño de 1989, señala en su exposición de motivos que «el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento».
Importancia de la reforma
Se trata de elevar a rango constitucional la defensa de la vida desde el momento de la concepción para que los más débiles y desprotegidos, como lo son las mujeres, los niños y las niñas, gocen de un derecho fundamental y el Estado les brinden todos los apoyos de forma integral en políticas públicas de salud, educación, adopción, alimentación y oportunidades de desarrollo.
Para concluir, quiero compartir uno de los desplegados de los Caballeros de Colón a favor de la vida:
«El embrión es un nuevo ser humano y no parte del cuerpo de la madre. La naturaleza escogió, como el lugar más seguro para proteger esta vida indefensa, el vientre de una madre. Pidamos a nuestros legisladores leyes para protegerlos, no para acabarlos. El aborto no es la interrupción del embarazo, el aborto es acabar una vida humana que comienza y poner en riesgo otra». |